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Junta de Personal: Procedimiento para la realización y posterior abono/compensación de horas extraordinarias

Comunicados municipales Visto 1964 veces

ANUNCIO

Se comunica a todo el personal que a partir del próximo día 18 de enero presente año, se establece el siguiente procedimiento para la realización y posterior abono/compensación de horas extraordinarias:

  • Comunicación por escrito, en todos los casos, del Concejal Delegado/Jefe de Servicio correspondiente, dirigido al· Área de RR.HH. solicitando autorización para la realización de horas extraordinarias, en el que deberá indicar la previsión de días, tramos horarios previstos e informe detallado y motivado por el que se hace necesaria la realización de dichas horas. La Autorización desde el Área de RR.HH., será necesaria para el posterior abono/compensación.
  • El personal sujeto al control horario deberá obligatoriamente marcar a la entrada el código 25 en el Terminal habilitado en su dependencia, realizando el fichaje sin código a la salida.
  • Una vez finalizada la actividad extraordinaria se deberá poner en conocimiento del Área de RR.HH. las horas reales realizadas indicando en todos los casos fecha, hora de entrada y salida.

En aquellos casos en los que no se esté adscrito al Control Horario o no sea posible realizar los fichajes reglamentarios, igualmente es obligatorio el envío del escrito solicitando autorización previa y el posterior informe detallado.

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