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Protocolo de actuación en caso de accidente laboral

Prevención de Riesgos Laborales y Salud Laboral Modificado por última vez en 29/07/2016 Visto 4660 veces

Definición legal de accidente laboral (Ley de la Seguridad Social y Ley 31/95 Prevención de Riesgos Laborales): "Toda enfremedad, patología o lesión corporal sufrida por el trabajador con ocasión o a consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena".

 En caso de accidente proceder:

1 Trabajador Accidentado:

Aviso inmediato al mando superior. En caso de incapacidad del accidentado, deberá avisar el compañero.

2 Mando Superior Inmediato:

Aviso urgente al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Tfno: 952 76 11 00 (Ext. 1405-1257-1438-1442-1376-1439); traslado del trabajador accidentado (siempre que no sea un accidente grave), al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales situado en los bajos del Edificio Municipal de Cantarrana, Avda. del Mercado sin, para cumplimentar el correspondiente volante de asistencia médica de FREMAP, si procede. Si el trabajador accidentado no puede moverse y tiene que ser trasladado en ambulancia se deberá de llamar al Servicio de Asistencia 24h de Fremap Tfno: 900 61 00 61. 

3 Caso de accidente grave:

Trasladar al accidentado al centro hospitalario mas cercano, siempre que pueda moverse y aviso urgente al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Tfno: 952 76 11 00 (Ext. 1405-1257-1438-1442-1376-1439). En caso que el accidentado quede impedido y no pueda trasladarse no moverle, taparle y avisar al 061 (si solo se dispone de teléfono móvil que no admitiera esta opción, se llamara al teléfono de emergencia 112). Igualmente aviso urgente al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales Tfno: 952 76 11 00 (Ext. 1405-1257-1438-1442-1376-1439).

4 Mando superior inmediato:

Cumplimentar el formulario de "análisis de accidente laboral" (investigación inicial del accidente laboral) y remisión al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. {plazo máximo de 24 h para accidentes con ba ja médica, y 72 h para accidentes sin baja médica). 

5 Remisión parte de baja o de asistencia médica:

Se facilitará al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, el parte de baja o de asistencia médica de FREMAP, el mismo día en el que se recibe la asistencia médica. El parte de baja se deberá entregar en un plazo no superior a 48 h., en las oficinas del Servicio de Prevención, sita Edificio Municipal de Cantarrana, Avda. del Mercado s/n. 

IMPORTANTE: La 1ª atención médica por accidente laboral, se realizará obligatorioamente en FREMAP-Marbella. Situada en Avda. Arias de Velasco nº 2, Marbella. Posteriores revisiones y/o seguimientos, se realizarán en los centros de FREMAP más cercanos al lugar de residencia del accidentado.

En caso de que el accidente laboral, se produzca en horario de 15:00 a 20:00 h de lunes a viernes, se acudirá a FREMAP-MARBELLA sin necesidad del volante de asistencía médica, debiendo, obligatoriamente, informar al día siguiente al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. 

En caso de que el accidente laboral, se produzca en sábado, día festivo, o a partir de las 20:00 h, se deberá acudir a LA CLINICA OCHOA, situada en C/ severo Ochoa S/N. Edif. Mayoral. Marbella. Al día siguiente laborable, se deberá comunicar urgentemente al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

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