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Cambio de titularidad de Licencia de Apertura

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Objeto: Cambio de titularidad de Licencia de Apertura

Unidad tramitadora: Delegación de Comercio-Área de Industria (Licencias de Aperturas de Establecimiento)

Órgano de resolución: Concejal-Delegado/a de Comercio

Lugar de solicitud:

  • Registro de entrada Excmo. Ayuntamiento de Marbella.
  • Registro de entrada Tenencia de Alcaldía de San Pedro.
  • Registro de entrada distritos las Chapas y Nueva Andalucía.

Plazo de solicitud: Ilimitado

Carácter del silencio administrativo: Positivo

Forma de solicitud: Presencial

Destinatarios: ARTº 23 de la Ley 39/1988, de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales: “Las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a que se refiere el Artº33 de la Ley General Tributaria”.

Documentación necesaria:

  • Solicitud normalizada de licencia de apertura, declaración responsable o comunica ción previa, debidamente cumplimentada, ajustada al procedimiento específico de cambio de titularidad.
  • Autoliquidación de la Tasa correspondiente.
  • Identificación del titular:
    • Si se trata de persona física, fotocopia del NIF o NIE.(si se trata de extranjero deberá presentar permiso de residencia/trabajo debidamente renovado).
    • Si se trata de persona jurídica, fotocopia del CIF, fotocopia de la escritura de constitución de la sociedad y fotocopia del NIF o NIE del representante legal, si se trata de una Asociación, Peña o Fundación deberá presentar fotocopia de los estatutos.
  • Fotocopia del contrato de arrendamiento del local, o, fotocopia de la escritura de pro piedad del mismo.
  • Fotocopia del alta en el Impuesto de Actividades Económicas MODELO 036 (Personas Físicas) ó 037 (Persona Jurídica) Declaración censal, donde conste el epígrafe concreto de la actividad a ejercer en el local.
  • Referencia de la actividad existente.
  • Documento de cesión, según modelo normalizado, de la actividad de la antigua persona titular a favor de la nueva, en el que se especificará expresamente que el cambio de titularidad que se comunica lo es para el mismo local, la misma actividad y en las mismas condiciones para la que se obtuvo. (En el caso de transmisiones “mortis causa”, deberá presentarse CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN).
  • Contrato de Seguro obligatorio de Responsabilidad Civil (en materia de espectáculos Públicos y Actividades Recreativas: bares, restaurantes, discotecas etc.)
  • Cuando una actividad de las sujetas al régimen de Declaración Responsable pase a desarrollarse por una nueva persona, ésta, además de presentar la solicitud correspondiente, habrá de aportar copia de la anterior o referencia de esta en el caso de que se deseen mantener las condiciones en las que se venía prestando el servicio.